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PODERES NOTARIALES

REQUISITOS PARA PODERES GENERALES Y ESPECIALES

1. Ser mayor de edad (18 años).

2. Documento Nacional de Identidad, si el otorgante es argentino, y Pasaporte si es extranjero.

3. Una minuta emitida y enviada por escribano público argentino con la siguiente información: o Membrete del escribano que la emite con datos de contacto (tel., email y fax). o Información completa y correcta del poderdante y apoderado - DNI - CUIT/CUIL si corresponde - Dirección del poderdante en EEUU y del apoderado en Argentina - Fecha de nacimiento - Estado civil - Objeto del poder (por ejemplo, si se trata de un poder de venta de un inmueble, información catastral del bien).

4. La minuta debe ser enviada directamente por el escribano a la dirección de correo electrónico: podereshouston@mrecic.gov.ar, en formato doc de Word. Además, suministrar nombre, dirección actual, email y número de teléfono donde poder contactar durante el día al poderdante. También deberá indicar la fecha tentativa para la cual necesita el poder.

5. El poderdante deberá abonar con Dos Money Order por la suma que le será indicada, a razón de 40U$D cada 25 renglones o fracción (según los aranceles vigentes). Deberá tenerse en cuenta que un poder implica la emisión de dos documentos, ambos sujetos al pago del arancel.

6. Una vez que el borrador del poder esté confeccionado, un funcionario del Consulado se comunicará con Ud. para convenir un día y hora para la firma del documento e indicarle el costo total del trámite. Deberá presentarse personalmente en el Consulado, en la fecha y hora coordinada para la firma del Poder con su DNI formato tarjeta (o pasaporte en caso de extranjeros) válido, en buen estado, y con constancia de domicilio actual.


Ante cualquier duda escriba  a : podereshouston@mrecic.gov.ar

 

 

Fecha de actualización: 16/12/2024