Qué puede hacer un Cónsul por Usted?
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Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada.
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Orientarlo en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, etc.
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Asistir a personas accidentadas.
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Otorgar Pasaportes
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Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes y, brindarles asesoramiento.
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Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
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Asegurar la defensa en juicio de los ciudadanos argentinos.
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Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales.
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Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
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Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
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Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
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Velar por los intereses de argentinos menores o incapaces, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
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Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos, especialmente legalizaciones.
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Realizar opción de Nacionalidad de menores residentes en el exterior.
Qué no puede hacer un Cónsul por Usted?
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Ser parte en procesos judiciales u obtener su eximición de prisión.
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Proporcionar asesoramiento legal o impulsar procesos judiciales en su nombre.
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Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
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Realizar tareas que correspondan a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, etc.
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Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
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Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
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Gestionarle alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo como asimismo constituirse en su garante o fiador.